BIENVENIDOS

La solicitud de cita para optar por VISA de ingreso a Costa Rica deberá realizarla únicamente por el correo electrónico que se indica en la Sección del Consulado de este sitio de internet. Favor revisar requisitos y procedimientos.


Para trámite de legalizaciones podrá solicitar cita únicamente a través del correo electrónico que se indica para esos trámites.


A partir del 22 de febrero 2011 NUEVOS COSTOS para visa y trámites de consularización. A partir del 1 de marzo se habilitarán nuevas cuentas electrónicas para la Sección Consular.

Podrá encontrar Información sobre el voto de costarricenses en el extranjero en el consulado sección de ciudadanos costarricenses.

 

Sección Consular de la
Embajada de Costa Rica en Colombia

 

Bienvenidos al sitio de internet de la Sección Consular de la Embajada de Costa Rica en Colombia



A partir del 22 de febrero de 2010 se establecen los nuevos costos para VISAS y TRÁMITES CONSULARES tanto para ciudadanos colombianos como para ciudadanos costarricenses, los cuales pueden ser revisados en Arancel_Consular_de_Costa_Rica.pdf (los valores están establecidos en dólares de los Estados Unidos de América). Debido a la naturaleza de la función consular, el cuidado en el análisis de la documentación e información de cada caso de solicitud de visa y el respeto a la normativa y requisitos legales vigentes, se solicita a quienes realicen sus trámites migratorios respetar, sin excepción, el procedimiento establecido, así como abstenerse de realizar gestiones destinadas a influir en la función consular por parte de terceros.


Por ello se solicita a los nacionales costarricenses abstenerse de intervenir en los trámites de solicitud de visa para ciudadanos colombianos. El trámite de visas es estrictamente personal y debe cumplir con los requisitos establecidos.



AVISOS



AVISO IMPORTANTE: A partir de enero de 2012, por motivos de orden fiscal, no será posible bajo ninguna circunstancia tramitar cartas de devolución de pagos por derechos consulares, efectuados con más de 30 días de anterioridad al día de la cita o de la solicitud de devolución. Toda solicitud de devolución deberá plantearla el interesado por escrito.

Debido a que el volumen de solcitudes de cita es muy elevado, se debe tener presente que la respuesta a esa solicitud de cita la obtendrá en un tiempo aproximado de diez días hábiles posteriores a la fecha de presentar la solicitud por correo electrónico.

Atención: Desde el 15 de junio del 2007, los ciudadanos colombianos que posean visa vigente de los Estados Unidos de América, Canadá o de la Unión Europea (Schengen) NO requieren de visa para ingresar a Costa Rica. De conformidad con el oficio DPI-123-2007.

Requisitos imprescindibles: la visa vigente de los Estados Unidos de América, de Canadá o de la Unión Europea (Visa Schengen) deberá tener tres meses mínimos restantes en el pasaporte Colombiano al momento de ingresar a Costa Rica.

En todos los casos se requiere presentar al momento de abordar el avión o viajar, la certificación de la vacuna contra la fiebre amarilla (vacunación realizada al menos diez días antes del viaje). Además, deberá contar con una vigencia restante de seis meses de su pasaporte colombiano.



Descargue_oficio_DPI-123-2007.pdf


 


Información General

 

Señor Ricardo Otárola Pacheco

Ministro Consejero y Cónsul General

Jefe de la Sección Consular


Señora Ivannia Chaves Montero
Consejero y Cónsul

 

Señor Jaime Camacho Soto

Consejero y Cónsul


Dirección

El Consulado General de la República de Costa Rica en Colombia se encuentra en las mismas instalaciones físicas en que se ubica la Embajada de la República de Costa Rica en Colombia:

 

Carrera 12 No.114-37, Barrio Santa Bárbara Central, Bogotá D.C.

 


Las solicitudes de cita no se tramitarán por vía telefónica, únicamente se recibirán solicitudes de cita por correo electrónico:

 

PARA TRAMITE DE VISA:

visascostarica@gmail.com

Datos requeridos para enviar el correo electrónico podrá revisarlos en la sección: Solicitud de Cita
 


CONSULTAS DE COSTARRICENSES RESIDENTES EN COLOMBIA, TRAMITES DE PASAPORTE PARA COSTARRICENSE, CEDULAS DE IDENTIDAD, INSCRIPCION DE NACIMIENTOS, TRAMITE DE RESIDENCIAS, PERMISOS TEMPORALES DE TRABAJO O  DE ESTUDIO:
 ticosencolombia@gmail.com

 

También podrá efectuar sus consultas, dependiendo del tema, a esos mismos correos electrónicos. Sin embargo, le solicitamos abstenerse de enviar correos a las tres direcciones, por cuanto genera confusión a la hora de responder.

 

Atención a costarricenses: Para brindar un mejor se servicio se solicita a los costarricenses solicitar cita previa al correo ticosencolombia@gmail.com . Sin embargo, en casos de urgencia o emergencia, pueden presentarse sin cita en días hábiles de 2:00 a 4:00 p.m. Para prestar el servicio será indispensable presentar el pasaporte o cédula de identidad costarricense. Teléfonos: (571) 629 5462, 619 7362. 
 

Fax: El recibo de faxes queda limitado para uso oficial

El Consulado General de la República de Costa Rica en Colombia NO recibe faxes del público en general, por lo que los documentos deberán de ser enviados directamente al interesado. Se solicita al público usuario de cualquier nacionalidad, particular o comercial, de abstenerse de enviar faxes para intereses particulares, ya que éstos serán considerados como NO recibidos

 


 

FUNCION CONSULAR

La función consular no incluye la representación legal particular de ningún costarricense en el extranjero en procesos penales o civiles.

 


VINCULOS DE INTERES


 
 
  Site Map